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Caras y Caretas

           

El fin del conflicto con Uruguay

El acuerdo, rubricado entre ambas naciones en 1973, sentó las bases respecto del control de las aguas del Plata y estableció la única frontera seca con el país vecino: la isla Timoteo Domínguez, que con el tiempo se unió a Martín García.

El Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo puso fin a un largo litigio limítrofe entre la Argentina y el Uruguay por el control de las aguas del Río de la Plata. Fue firmado en Montevideo el 19 de noviembre de 1973, y ratificado por el Congreso de la Nación argentina el 31 de enero de 1974 y por la dictadura que gobernaba al vecino país el 25 de enero de ese mismo año. Entró en vigor el 12 de febrero de 1974.

Los límites del estuario no habían sido fijados desde la Independencia de Uruguay (1828), aunque a lo largo del tiempo se suscitaron diversas controversias diplomáticas. La tensión alcanzó su primer punto cumbre durante la presidencia de José Figueroa Alcorta (1906-1910). La tesis argentina, elaborada por el canciller Estanislao Zeballos –habitualmente denominada “Doctrina Zeballos”–, sostenía que Uruguay no tenía derecho a utilizar el Río de la Plata, salvo en situación de su marea alta, ya que la Convención Preliminar de Paz en la que la Argentina aceptó la independencia uruguaya en ningún momento había cedido ni renunciado a su control sobre el Río de la Plata.

Durante la presidencia de Figueroa Alcorta aparecieron tres casos de litigio: uno sobre la pesca industrial argentina en costas uruguayas; el segundo al producirse el naufragio del buque argentino Constitución frente a Colonia, cuando el gobierno argentino impidió la asistencia del país vecino, y la realización de ejercicios de nuestra Armada frente a la Isla de Flores, próxima a la costa oriental. La posición argentina negaba con firmeza la jurisdicción uruguaya sobre las aguas del estuario.

En 1908, la Doctrina Zeballos alcanzó amplia difusión en la prensa argentina, cuando ante un incremento de la tensión en las relaciones entre la Argentina y Brasil, la cuestión limítrofe con el Uruguay salió a la luz. El diario La Nación manifestó su oposición a través de la pluma de su fundador, Bartolomé Mitre, y de su histórico colaborador, Rufino de Elizalde. Este debate se replicó en Montevideo, generando indignación en la opinión pública. Si bien el presidente Claudio Williman prefirió mantener la calma, su ministro de Relaciones Exteriores, Jacobo Varela Acevedo, renunció a su cargo al rechazarse su propuesta de ruptura con el gobierno argentino. Williman entonces buscó un fortalecimiento de los vínculos uruguayos con el Brasil y solicitó la renuncia de Zeballos, que se concretó al poco tiempo.

El problema de fondo radicaba en que las características geográficas del Río de la Plata dificultaban una negociación. Si se hubiera tratado de un mar, ambos Estados podrían controlar una franja costera propia; pero, al tratarse de un río, debía asignarse su pertenencia a uno de los Estados en litigio.

Por décadas, la tensión continuó latente. El principio de resolución comenzó a cobrar forma en 1961, con una declaración conjunta argentino-uruguaya en la que se determinó que “el límite exterior del Río de la Plata” era la línea imaginaria divisoria de aguas trazada entre Punta del Este (Uruguay) y el cabo San Antonio (Argentina). Así, cualquier barco que atravesara ese límite quedaría sometido a la jurisdicción de alguno de los dos países.

AGUAS MANSAS

El acuerdo definitivo terminó sellándose el 19 de noviembre de 1973, con la firma del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo sobre la base de la declaración conjunta de 1961, estableciéndose además que el área intermedia entre las franjas de jurisdicción exclusiva consiste en “aguas de uso común”, a propuesta del gobierno uruguayo.

También se estableció que “en las aguas de uso común se permitirá la navegación de buques públicos y privados de los países de la Cuenca del Plata y de mercantes, públicos y privados, de terceras banderas, sin perjuicio de los derechos ya otorgados por las partes en virtud de tratados vigentes. Además, cada parte permitirá el paso de buques de guerra de terceras banderas autorizados por la otra, siempre que no afecte su orden público o su seguridad”.

Pese a los esfuerzos de las partes, la isla Martín García planteaba un problema complejo, ya que, si bien se encuentra ubicada a menos de dos millas marinas de la costa uruguaya, había estado bajo control permanente de la Argentina desde 1852, después de un ajetreado recorrido que se había iniciado con la ocupación española (2 de noviembre de 1762). Desde 1765 funcionó como cárcel y lugar de destierro. Con la creación del Virreinato del Río de la Plata, fue fortificada y convertida en guarnición militar, pero cayó bajo control de los realistas de Montevideo. En 1814, Guillermo Brown consiguió recuperarla y ponerla bajo control de las Provincias Unidas.

En 1826, en el marco de la Guerra con el Brasil, fue ocupada por los brasileños, pero poco después Brown volvió a recuperarla y procedió a artillarla. A partir de entonces, la isla Martín García fue el escenario de diversos conflictos armados. En 1838 fue conquistada por los franceses durante el bloqueo, y devuelta en 1840. Poco después fue ocupada por tropas uruguayas con participación de exiliados unitarios y liberales argentinos, y recuperada en 1843 por fuerzas federales de nuestro país. Solo se mantuvo bajo control dos años, ya que en 1845 Giuseppe Garibaldi se apropió de ella y la puso bajo competencia de Montevideo, en el marco de la invasión anglofrancesa. Tras la victoria de las fuerzas argentinas en la Guerra del Paraná, fue restituida a la Confederación Argentina en 1852, y fue escenario de combates entre la Confederación Argentina y el Estado de Buenos Aires en 1853 y 1859.

El Tratado del Río de la Plata intentó disipar nuevos motivos de confrontación: se dispuso en su artículo 45 que “la isla Martín García será destinada exclusivamente a reserva natural para la conservación y preservación de la fauna y flora autóctonas, bajo jurisdicción de la República Argentina”, y se dispuso la creación de una Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP), con sede en la isla. Simultáneamente, se definieron los puntos específicos de latitud y longitud, en previsión de que, por la acción aluvional del río, terminaría quedando unida con la isla Timoteo Domínguez, de jurisdicción uruguaya. Esta previsión fue muy oportuna, ya que esa unión terminó produciéndose con el paso del tiempo.

Un largo litigio llegaba así a su fin de manera pacífica, fortaleciendo los lazos de unidad entre ambas naciones.

Escrito por
Alberto Lettieri
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